las sociedades panameñas off shore, deberán mantener registros contables y remitirlos a sus agentes residentes, ello desde la promulgación de la Ley 52 de 2016, se establece que las sociedades panameñas, aunque no realicen operaciones que se perfeccionen, consuman o surtan sus efectos dentro de la República de Panamá, están obligadas a llevar registros contables y documentación de respaldo.




